DECRETO por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
										Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta | 
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|---|---|
|  TÍTULO II.
 DE LAS PERSONAS MORALES DISPOSICIONES GENERALES  | |
|  CAPÍTULO II.
 DE LAS DEDUCCIONES  | |
|  SECCIÓN I.
 DE LAS DEDUCCIONES EN GENERAL  | |
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																								 Monumentos considerados como donativos  | 37 / RLISR | 
| Artíulo 37.- Los monumentos artísticos o históricos en términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, donados a la Federación, a las entidades federativas, a los municipios, así como a sus respectivos organismos públicos descentralizados que tributen conforme al Título III de la Ley, también se considerarán dentro de los donativos previstos en el artículo 27, fracción I de la Ley. | |
Correlación para el Artículo 37 / RLISR | |